Protección de la constitución como bien jurídico supremo.

La primera aberración es que,  hubiera en nuestra nación, magistrados progresistas y conservadores,en vez de,o en lugar de, jueces y juezas.Así,el poder judicial,no posee una potestas positiva ( si se me permite esta licencia ), pues es evidente que no puede legislar.Si de un equipo de fútbol se tratase ,este equipo,( el judicial ),no puede jugar al ataque ( armar leyes );pero si es su "anima vitae " la defensa,es su obligación,pues,de no dejar pasar la pelota jamás .Y así protege nuestra constitución ( como cuerpo articulado primero del derecho ) y toda vez se protege la constitución entonces protege nuestra libertad y entonces protege la paz civil ( pax civitae ).Yendo mas allá el pasado lunes en el congreso,es verdad como,nuestro tribunal ( pues es de todos nosotros... ),no encontraba el momento de entender ( pues las leyes no habían sido "discutidas " ni votadas en el parlamento ),si bien " a sensu contrario "es evidente de como,toda vez ,este en la iniciativa de la oposición, mantener el espíritu de su acción,entonces,el lunes ,(y ahora en la cámara baja ),las cautelares,están mas que justificadas ( se proceda como se proceda están justificadas ),revelándose,entonces una vez mas,la altura inigualable, hoy de aquellos constituyentes,el amor por el derecho de aquellos días,y significándose el senado por segunda vez en nuestra historia ,de manera maravillosa ,como pieza esencial de nuestra democracia...

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