Apelación al concurso de la unión Europea;siquiera fuere que cupiese el derecho civil.
La gran diferencia entre la época clásica del derecho romano y la posterior de decadencia ,es como,los juristas clásicos creaban la regla,en tanto ,que, en el derecho posterior, (decadente ),se "imponía" la regla.Si a lo que nos atenemos es a los brocardos ( y queremos confiar en los principios generales del derecho ),del diminutivo Alemán " Brötchen "( panecillos o trozos de pan;panecillos o trozos del derecho ),entonces,posteriormente entenderemos ,la necesidad de impulsar el derecho en la aventura Europea ( Abenteuer ).Y así,ya Eugenio D´Ors ,hablaba a principios del XX sobre una Europa moral,y así, bien hubiéramos de procurar que brillase nuestra constitución ( Constitución Española de 1.978 ),en consonancia con el "code civil " Francés,el ABGB Austriaco,el Strafgeseztbuch Alemán o el "códice civile" Italiano.
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