¿ De verdad precisa España un mediador ?.

No puede hablarse,pues,de tratado válido,si no hay acuerdo de voluntades ,si no hay acuerdo de voluntades acerca de su contenido,o si el contenido del acuerdo es demasiado indeterminado,para que pueda desprenderse de el, lo que quisieron las partes.Pero un tratado, es también impugnable si el consentimiento adolece de vicios jurídicamente relevantes,puesto que entonces se da una contradicción entre la voluntad declarada y la voluntad real de una de las partes.Como vicios ,hemos de considerar el engaño,el error,y la coacción.Quiero decir con esto,- en el marco mental e histórico de la convención de Viena-,como cualquier acuerdo ,en el presente ,sobre el territorio entre el reino de España y Cataluña ,estaría viciado de origen ,pues de acuerdo con la constitución Española ( referente para todos ),en un primer estadio,un acuerdo,tratado o declaración con fuerza de ley por las partes ,hubiera de ser consensuada ,cuanto menos ,por tres quintas partes del parlamento Español.

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