Estructura jurídica de la unión europea.De las relaciones de los poderosos con el pueblo.

Otrosí:el derecho romano previó siempre mecanismos de protección de la parte mas débil, ( eso está claro y en occidente no necesita aclaración)," favor debitoris/ favor debilis",pero es que asimismo era tan magnífico ,que siempre previó - porque lo previó siempre - que aún el contratante débil ( expongo el ejemplo de una asociación ),estuviera jurídicamente protegido por el ordenamiento...en ello hubieran de ser procelosos los abogados de la unión europea,y máxime cuando quisiera asomar la tiranía ,pues ahora se trata de cercenar la acusación particular.Y una acusación particular que de alguna manera salvo a españa - otro ejemplo mas- tanto del abuso de los gobiernos de la derecha en el pasado,como hoy quiere hacerlo de los abusos de los gobiernos de izquierdas.

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