El ordenamiento jurídico Español ( hoy incompleto ),ante la historia.

 Si nos atenemos al dogma de la integridad,entonces,nos encontramos con el principio,el cual confirma,que el ordenamiento jurídico debe ser completo,para que este pueda ofrecer al juez al caso planteado.Para Bobbio,un ordenamiento es completo,cuando el juez puede encontrar en el una norma para regular cada caso que se le presente.Así,el problema del ordenamiento jurídico,( en España el problema del fiscal general del estado, tanto como el de la composición del tribunal supremo ),implica,la transformación de las instituciones de forma constante,por lo que las regulaciones,lo jurídicamente relevante,nunca puede ser completo.

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