El ordenamiento jurídico Español ( Hoy,incompleto ),ante la historia.

Se entiende entonces como la recepción del DERECHO ROMANO  COMÚN   - y esto es de gran importancia -creado en las universidades ( principalmente Italianas ),fue recibido primero como doctrina universitaria y luego como derecho supletorio.Así,la principal utilidad de los derechos supletorios,será cubrir las LAGUNAS de las distintas ramas del derecho - y por rama del derecho,se entiende el derecho constitucional -Debemos ,entonces,y si de verdad somos demócratas ( y en cuanto fuere nuestra conciencia ),dirigirnos al derecho supletorio,antes de acudir a otras fuentes del derecho ( analogía,la costumbre,los principios generales ). 

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