Del espíritu de la ley.

El derecho quiritario ( Ius civile ),se caracterizaba por un formalismo extremo y rígido.Si los ritos o las palabras exactas, ( verba ) ,no se cumplían,entonces el derecho no existía.No obstante ,la dinámica del derecho,debe corresponder siempre a la dinámica de la época,una época de calidad democrática ,( como todos deseamos que sea esta ),en la que - literalmente - se sacraliza el texto literal,sin duda, reúne todas las condiciones para alterar la virtud de las costumbres,en este sentido ,Celso, acuñó una máxima plasmada en el digesto " Scire leges non hoc est verba earum tener ".( Conocer las leyes no es retener sus palabras,sino su fuerza y potestad ).En el momento de transcribir estas líneas se encuentra reunido, con motivo de urgencia, el poder judicial.Sea como fuere..en ellos reside el futuro y - voy a decirlo - el futuro democrático ,de la nación.

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